NO PUEDE HACERSE DUEÑO DE UNA CASA INTESTADA CON SOLO HABITARLA Y PAGAR LAS CONTRIBUCIONES. NO IMPORTA EL TIEMPO TRANSCURRIDO.
Cuando una persona fallece sin dejar testamento, todos sus bienes quedan intestados, es decir, seguirán siendo propiedad de la persona fallecida mientras no se defina a un nuevo dueño. La ley establece qué persona tienen derecho a heredar según el grado de parentesco.
Por esta razón, si algún familiar de la persona fallecida se mantiene en posesión de un bien intestado, paga sus contribuciones e incluso hace mejoras a la finca, no podrá ser reconocido como propietario porque su posesión no es a título de dueño, es decir, carece de un documento de compraventa o donación con el que acredite que le fue transmitida la propiedad.
En estos casos es indispensable iniciar un juicio de intestado, para que una vez cumplidos los requisitos legales se haga el reconocimiento judicial de los herederos y nuevos propietarios.
Si desea iniciar un juicio de intestado, obtener su parte de la herencia o recuperar una finca intestada acuda con nosotros.
Abogado Fabián de la Cruz
Especialista en Derecho Familiar, Hereditario y Civil.
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