lunes, 3 de agosto de 2026

LA INFANCIA NO ES UN ASUNTO "MENOR": el lenguaje como reconocimiento de dignidad y derechos.

 LA INFANCIA NO ES UN ASUNTO "MENOR": el lenguaje como reconocimiento de dignidad y derechos. 


La infancia no es una etapa menor. Es un periodo decisivo para el desarrollo de la personalidad, la identidad, la autonomía, los vínculos afectivos y la construcción de la vida adulta.


Por ello, la manera en que nombramos a niñas, niños y adolescentes no constituye un asunto meramente gramatical. El lenguaje jurídico también refleja la forma en que comprendemos su dignidad, su capacidad y el lugar que ocupan frente a la familia, la sociedad y el Estado.


¿Por qué debe abandonarse el término “menores”?


Se determinó en la jurisprudencia con registro digital 2026465, de rubro:

“Niñas, niños y adolescentes. Debe abandonarse el término ‘menores’ para referirse a éstos, a fin de respetar el principio de su interés superior y el derecho a la igualdad y no discriminación”


El criterio sostiene que el vocablo “menores” implica una relación jerárquica, pues presupone la existencia de alguien considerado mayor o superior. Asimismo, explica que, dentro del ámbito jurídico, su utilización puede reproducir una visión tutelar que limita la autonomía de niñas, niños y adolescentes. 

El tribunal consideró que nombrarles expresamente como niñas, niños o adolescentes resulta fundamental para reconocerles como titulares de derechos y como personas con autonomía propia.


No se trata de sustituir una palabra por otra de manera superficial. Se trata de transformar la forma en que las instituciones jurídicas comprenden y se relacionan con la infancia y la adolescencia.


-Una presición necesaria.


De una interpretación sistemática debe distinguirse entre emplear “menor” como sustantivo para sustituir la identidad de una persona —“el menor”, “la menor”, “los menores”— y utilizar expresiones técnicas como “persona menor de edad”, “niña o niño” o “adolescente”.


En estas últimas fórmulas, la palabra describe objetivamente una condición etaria. En cambio, cuando se utiliza como sustantivo, puede reducir a la persona a su posición frente al mundo adulto.


Por ello, cuando se conoce su etapa de desarrollo, la denominación más precisa y respetuosa es niña, niño o adolescente. Cuando se requiere una categoría jurídica general, puede emplearse persona menor de edad, conservando siempre la referencia expresa a su condición de persona. Esta distinción se desprende de la lectura conjunta de la jurisprudencia y de las definiciones etarias contenidas en la Convención, la Ley General y el Código Civil de Jalisco. 


Nombrar también es impartir justicia


El uso ocasional de una expresión no permite, por sí solo, juzgar la 

preparación o sensibilidad de una persona. Sin embargo, su utilización reiterada en resoluciones judiciales, actuaciones administrativas, dictámenes periciales o intervenciones profesionales puede revelar además de la deficiente capacitación y actualización en derechos de la infancia, la persistencia de una concepción tutelar y adultocéntrica.


Actualizar la forma de dirigirnos a niñas, niños y adolescentes no es una moda ni una imposición retórica. Es una manifestación concreta del respeto a su dignidad, igualdad, identidad y autonomía progresiva.


Sus opiniones, emociones, necesidades, vínculos e historias deben ser escuchados y valorados con seriedad.


La infancia no es “menor”.

Niñas, niños y adolescentes son personas presentes: tienen nombre, identidad, dignidad, voz y derechos propios.

Y nombrarles correctamente es también una forma de reconocerles jurídicamente.


Fuentes normativas

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4; Convención sobre los Derechos del Niño, artículos 1 y 12; Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, artículos 1, 2, 5, 6 y 71 a 74; Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Jalisco, artículo 2; Código Civil del Estado de Jalisco, artículo 567; y jurisprudencia I.9o.P. J/18 CS (11a.), registro digital 2026465.


Abogado Fabián de la Cruz

Especialista en Derecho de Familia.

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domingo, 17 de mayo de 2026

DEFENSA LEGAL ESPECIALIZADA EN LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

 DEFENSA LEGAL ESPECIALIZADA EN LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

👨‍⚖️ Abogado Fabián de la Cruz

Especialista en Derecho de Familia y Derechos de la Infancia y Adolescencia.


Asesoría y defensa estratégica con perspectiva de infancia y enfoque en la protección de niñas, niños y adolescentes.


⚖️ Servicios especializados:

🔹 Paternidad

• Reconocimiento

• Desconocimiento

• Contradicción


🔹 Patria Potestad

• Pérdida por abandono económico o afectivo

• Violencia familiar

• Restitución de la patria potestad.


🔹 Adopción

• Plena

• Por integración

• Institucional

• Homoparental


🔹 Custodia

• Compartida

• Exclusiva

• Cambio de custodia

• Restitución.


🔹 Convivencia

• Régimen forzoso

• Supervisada o asistida

• Modificación de régimen


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Atención profesional, estratégica y sensible en asuntos familiares y de infancia.


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sábado, 11 de abril de 2026

UN JUICIO FAMILIAR NO DEBE SER UN ACTO DE VENGANZA.

 UN JUICIO FAMILIAR NO DEBE SER UN ACTO DE VENGANZA.


Confundir justicia con venganza es uno de los errores más comunes en los conflictos familiares.


El Derecho de Familia no está para castigar ni premiar a los adultos.


No es un escenario de revancha, ni un campo para saldar heridas personales.


Su verdadera razón está:

•Proteger el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

• Favorecer el interés familiar.

• Reconocer los derechos humanos de mujeres y hombres, desde una base de igualdad real y efectiva.


"Cuando un padre se niega a dar alimentos, no está afectando a la madre.

Cuando una madre obstaculiza la convivencia, no está dañando al padre.

En ambos casos, quien realmente paga las consecuencias son los hijos."


Muchas personas han distorsionado el sentido de la ley, llevándola al terreno emocional y revanchista de los adultos, cuando su esencia es profundamente distinta:

Es garantizar desarrollo, estabilidad y dignidad a quienes aún no pueden defenderse por sí mismos o se encuentran en una condición vulnerable o desigual.


El Derecho de Familia no debe ser instrumento de conflicto,

sino un mecanismo de protección.


Porque al final, no se trata de quién "gana o pierde" o  "tiene la razón", se trata de recomponer el bienestar familiar con dignidad y libertad. 


El Derecho de Familia debe usarse para proteger a los hijos y el interés familiar, no para vengarse de la expareja.


Abogado Fabián de la Cruz.

Especialista en Derecho de Familia.


Abogado en Derecho de Familia 

#abogadofabiandelacruz




PATERNIDAD. -Lo que se debe saber.

 PATERNIDAD.

-Lo que se debe saber.


¿Qué es la paternidad?

La paternidad es el vínculo legal entre un padre y su hijo.


De este vínculo nacen derechos y obligaciones: como el derecho del padre a ejercer la patria potestad, que implica su representación, cuidado, protección y sustento; así como el derecho del hijo a su identidad, a recibir alimentos, a heredar, y a convivir con su padre y su familia extensa.


Cuando existe duda, conflicto o una situación incorrecta, la ley permite aclarar la paternidad mediante un juicio, para que prevalezca la verdad y se protejan los derechos de niñas, niños y adolescentes.


¿Qué puedes lograr con un juicio de paternidad?


A través de un juicio estratégico y basado en prueba de ADN, es posible:


✔ Reconocimiento de la paternidad: cuando el padre se niega o la madre impide el registro.

✔ Desconocimiento de la paternidad registrada: en casos de hijos no biológicos.

✔ Contradicción de la paternidad: cuando el padre biológico impugna al supuesto padre reconocedor.

✔ Modificación del acta de nacimiento: para reflejar la verdad jurídica y biológica.

✔ Ajuste o extinción de derechos y obligaciones: como pensión alimenticia, custodia y convivencia.


Soy Abogado Fabián de la Cruz, especialista en Derecho Familiar.


Mis servicios se basan en estrategia legal y sensibilidad humana, con 28 años de experiencia enfocados en proteger lo más importante: la dignidad, los derechos y el futuro de cada familia.


Cuento con formación internacional en Derecho de Familia y derechos de niñas, niños y adolescentes (Universidad de Salamanca, España, y Universidad de Buenos Aires, Argentina), resultado de un compromiso constante con la excelencia profesional.


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¿LA PENSIÓN ALIMENTICIA SE SUSPENDE EN VACACIONES?

 ¿LA PENSIÓN ALIMENTICIA SE SUSPENDE EN VACACIONES? 


Una de las dudas más comunes es si durante los periodos vacacionales debe dejar de pagarse la pensión alimenticia… y la respuesta es clara: NO.


La pensión alimenticia no se limita únicamente a la comida 🍽️.

Incluye todo lo necesario para el desarrollo integral de los hijos:


👕 Ropa y calzado

🏠 Vivienda (renta, luz, agua, gas, internet, mantenimiento)

💊 Gastos médicos y de higiene

📚 Educación (colegiaturas, útiles, actividades extraescolares)

🎈 Recreación (paseos, vacaciones, esparcimiento)


Por ello, aunque los hijos pasen tiempo con el padre o madre que no ejerce la custodia, la pensión debe pagarse íntegramente.


Las obligaciones no desaparecen, porque los gastos fijos continúan.


⚠️ Si existe una sentencia judicial y el obligado reduce o deja de pagar la pensión de forma arbitraria, pueden reclamarse los pagos no cubiertos o remanentes conforme a derecho.


La pensión alimenticia no es un favor…

es un derecho de los hijos y una obligación legal que protege su bienestar.


Abogado Fabián de la Cruz

Especialista en Derecho de Familia




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📍 Atención presencial y en línea en Zapopan, Jalisco.


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Una herencia es una memoria viva que merece respeto y justicia.

 ⚖️ Una herencia es una memoria viva que merece respeto y justicia.


Una herencia no son solo bienes…

es memoria, esfuerzo, historia viva de una persona que ya no está, pero que dejó huella. 


Es el reflejo de años de trabajo, de esfuerzos y sacrificios acumulados, de sueños construidos paso a paso. 


Por eso, merece respeto… merece justicia, especialmente cuando surgen los conflictos. 


Cuando existe testamento, debe cumplirse la última voluntad. 📜

Cuando no lo hay, la ley actúa con equidad, protegiendo a quienes verdaderamente tienen derecho: los parientes más próximos. 👨‍👩‍👧‍👦


Porque nadie debe apropiarse de lo que no le corresponde. 

Porque el patrimonio de una vida no puede quedar en manos de la improvisación o el abuso. 


El juicio sucesorio no es solo un trámite que se agota llenando un formato, es el camino para ordenar, proteger y dar certeza. 📚


Es el acto jurídico que restablece el equilibrio donde hay incertidumbre. 


Como abogado especialista en herencias, no solo defiendo derechos:

protejo historias, cuido legados y procuro que la justicia llegue a cada familia. 🤝


Cuando la incertidumbre aparece, contar con la guía adecuada marca la diferencia. 🧭


📩 Consulte su caso. Será atendido con seriedad, experiencia y respeto.


Abogado Fabián de la Cruz

Especialista en Derecho de Familia

• Herencias con testamento o intestadas


📞 Teléfono de oficina: 3336248803

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LA MAYORÍA DE LOS DIVORCIOS SE COMPLICAN POR ESTOS 7 ERRORES

 LA MAYORÍA DE LOS DIVORCIOS SE COMPLICAN POR ESTOS 7 ERRORES


El divorcio disuelve el matrimonio, pero no siempre resuelve los conflictos de la familia.


Con frecuencia, los procesos se vuelven más largos, más costosos y más dolorosos por decisiones que se toman sin información ni estrategia.


Estos son 7 errores muy comunes en los procesos de divorcio:


1️⃣ Creer que el divorcio lo resuelve todo.

El divorcio termina el matrimonio, pero no resuelve automáticamente los derechos de la familia: custodia, convivencia, pensión alimenticia, reparto de bienes, compensación económica o el uso de la vivienda familiar.


2️⃣ Firmar convenios injustos por querer “terminar rápido”.

Muchas personas aceptan condiciones desfavorables creyendo que evitar un juicio siempre es lo mejor, sin advertir que ese acuerdo puede afectar durante años su economía o su relación con los hijos.


3️⃣ Elegir asesoría legal inadecuada.

Contratar a un abogado solo porque es barato, porque es amigo o porque se muestra complaciente en todo lo que le pedimos, sin analizar su especialidad y experiencia en derecho de familia, puede debilitar seriamente el caso.


4️⃣ Litigar desde la emoción y la revancha.

Plantear el proceso desde el enojo, el orgullo o el deseo de castigar al otro debilita la estrategia jurídica.

En derecho familiar la estrategia debe prevalecer sobre la emoción.


5️⃣ Utilizar a los hijos como instrumento del conflicto.

Negar convivencias o suspender pensiones alimenticias sin causa justificada judicialmente solo agrava el problema, compromete el patrimonio y termina afectando directamente a los niños.


6️⃣ No documentar adecuadamente la situación familiar.

Muchos casos se debilitan por falta de pruebas: ingresos reales, gastos de los hijos, dinámica de cuidado, bienes del matrimonio, pagos o incumplimientos.


7️⃣ Pensar que el tiempo resolverá el conflicto.

Postergar acuerdos o acciones legales solo complica más la situación legal, económica y emocional de la familia.


Un divorcio no solo termina un matrimonio; también redefine la vida de una familia.


Por eso, cada decisión debe tomarse con prudencia, estrategia y responsabilidad.


Porque en el derecho de familia, la verdadera justicia  se construye con estrategia jurídica y corazón.


Abogado Fabián de la Cruz.

#abogadofabiandelacruz 

#divorcio




LA INFANCIA NO ES UN ASUNTO "MENOR": el lenguaje como reconocimiento de dignidad y derechos.

 LA INFANCIA NO ES UN ASUNTO "MENOR": el lenguaje como reconocimiento de dignidad y derechos.  La infancia no es una etapa menor. ...