lunes, 20 de diciembre de 2021

UNA MADRE, NO PUEDE PERDER LA CUSTODIA DE SUS HIJOS POR DESEMPEÑAR UN TRABAJO FUERA DE CASA.


 UNA MADRE, NO PUEDE PERDER LA CUSTODIA DE SUS HIJOS POR DESEMPEÑAR UN TRABAJO FUERA DE CASA.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado que a las mujeres que ejerzan un empleo o un cargo público, no se les puede considerar como personas no aptas para ejercer adecuadamente su maternidad y condenárseles por esta única razón a la pérdida de la guarda y custodia de sus hijos, como una forma de "castigo" por no cumplir su rol de madre-cuidadora de manera directa, como si fuera la depositaria única de la obligación de crianza y del hogar y como si no fuera viable tener una red de apoyo para el cuidado.
Por esta razón obliga a los jueces a considerar no solo el tiempo que padre y madre puedan dedicar a sus hijos, sino a valorar de manera preferente las redes de apoyo con las que cuenten.
Debiendo considerarse también como factores determinantes su disposición afectiva, hábitos, costumbres y el entorno personal y familiares relacionadas con la crianza y cuidados de sus hijos.
Abogado Fabián de la Cruz
Especialista en Derecho Familiar

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