ADOPCION
La adopción es el estado jurídico mediante el cual se confiere al adoptado la situación de hijo del o de los adoptantes y a éstos, los deberes y derechos inherentes a la relación padre e hijo.
La adopción puede ser:
ADOPCIÓN PLENA, confiere al adoptado todos los efectos jurídicos, derechos y obligaciones que corresponden como si fuera hijo consanguíneo.
La adopción plena requiere:
Los adoptantes sean un hombre y una mujer casados entre sí, que vivan juntos y tengan 5 o más años de casados;
• Que por lo menos el cónyuge menor adoptante tenga 15 años más que el menor o menores que se pretende adoptar; excepto cuando se trate de la adopción de mayores de edad incapaces;
• Los adoptantes tengan medios suficientes para proveer debidamente a la subsistencia y educación del menor o menores;
• La adopción se funde sobre justos motivos y en beneficio para el menor o menores; y
• Los adoptantes sean personas de buenas costumbres
ADOPCION SIMPLE, transfiere la patria potestad así como la custodia personal, y sólo origina vínculos jurídicos entre el adoptante y el adoptado.
La adopción simple requiere:
• Que el adoptante sean mayor de 25 años;
• Que tienen por lo menos quince años más de edad que la persona que se pretende adoptar; excepto cuando se trate de personas mayores incapaces;
• Que tienen medios bastantes para proveer debidamente a la subsistencia y educación del menor;
• Que la adopción es benéfica a éste; y
• Que el adoptante es persona de buenas costumbres.
DOCUMENTOS NECESARIOS
Adoptantes:
1) Acta de nacimiento;
2) Acta de matrimonio en su caso;
3) Comprobante de ingresos actua
4) lizados;
5) Comprobante de domicilio actualizado;
6) Certificado de salud física y psíquica, expedido por Institución Oficial;
7) Examen de VIH y VDRL (Enfermedades Infectocontagiosas);
8) Identificación Oficial;
9) Dos cartas de recomendación que incluyan domicilio y teléfono;
10) Carta de no antecedentes penales;
Progenitores del menor que se pretende adoptar:
1) Acta de nacimiento
2) Identificación Oficial
3) Consentimiento para la adopción.
Adoptado(s)
Acta de nacimiento
Más informes y elaboración trámites de adopción:
Teléfono oficina: 36 24 88 03
E-mail: serviciosjuridicosdcm@gmail.com
www.serviciosjuridicosdcm.com.mx
Facebook: Abogados Servicios Juridicos DCM
OFICINA: calle 28 de Enero # 115 interior D, esquina Benito Juárez (a un costado de Presidencia Municipal, tres cuadras
Abogado Especialista en Derecho Familiar, Hereditario y Civil. Asesoría, defensa estratégica y litigio de alto conflicto.
viernes, 15 de enero de 2016
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
NO PUEDE HACERSE DUEÑO DE UNA CASA INTESTADA CON SOLO HABITARLA Y PAGAR LAS CONTRIBUCIONES.
NO PUEDE HACERSE DUEÑO DE UNA CASA INTESTADA CON SOLO HABITARLA Y PAGAR LAS CONTRIBUCIONES. NO IMPORTA EL TIEMPO TRANSCURRIDO. Cuando una...
-
¿QUE ES UNA DEMANDA?, ¿CÓMO SE TRAMITA UN JUICIO? Estos son los aspectos que debes conocer y considerar si eres parte de un juicio o pret...
-
Al fallecer el padre o la madre sin haber dejado testamento, todos sus hijos tienen el mismo derecho a la herencia de los bienes existentes,...
No hay comentarios:
Publicar un comentario