¿CUAL ES EL MEJOR MANERA DE DIVORCIARSE?
Durante el matrimonio cada persona experimenta vivencias y condiciones que son únicas, están relacionadas con la duración de la vida marital, la distribución de roles de pareja, el cumplimiento de los fines del matrimonio, la existencia de hijos y su estilo de crianza. Además de condiciones socioeconómicas, ideología, proyectos de vida personal y familiar. Considerando también la existencia de violencia de género, la violencia familiar o el maltrato infantil que afectan no solo la vida de pareja, también atentan contra la integridad familiar.
CAPACIDAD DE ACUERDO.
En estas condiciones, lo mejor forma será el DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, siempre que los esposos pueden tomar los siguientes acuerdos comunes:
*Sobre los derechos de la pareja como:
- Reparto de los bienes de la sociedad legal o conyugal.
- La compensación alimenticia asistencial a quién asumió en forma total o única el rol del cuidado del hogar y de los hijos
- La compensación de los bienes en casos de matrimonio por el régimen de separación de bienes.
- El uso y destino de la vivienda familiar.
Debe tomarse en cuenta que los derechos de pareja pueden ser renunciables y esto sería irreversible.
*En los derechos de los hijos menores de edad sobre:
- Su guarda y custodia (con quién habitaran, serán cuidados y vigilaran sus conductas diarias).
- Su convivencia (Días, horarios, vacaciones, fechas especiales).
- La forma en la que serán solventados sus gastos alimenticios (comida, ropa y calzado, vivienda, educación, salud y sana recreación).
Debe considerarse que los derechos de los hijos menores de edad no son renunciables. Es decir, nadie puede negarse a dar o recibir dinero por pensión alimenticia ni negar la convivencia (salvo excepciones de la ley).
Cuando los cónyuges tienen la capacidad de tomar estos acuerdos, sin duda alguna su mejor forma para disolver el matrimonio será el DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO; como también lo será en aquellos casos en lo que no existen hijos o estos son mayores de edad; y que no se adquirieron bienes durante el matrimonio o se liquidaron previamente.
PREVALENCIA DE DESACUERDOS.
Es importante considerar que a ninguna persona puede ser obligada a que “voluntariamente” acepte un convenio. En estos casos ante el desacuerdo de algún punto esencial y determinante para la vida futura de alguno de los cónyuges, de sus hijos o de la vida familiar, lo más adecuado será demandar el DIVORCIO INCAUSADO (también conocido como contencioso, unilateral o sin causa).
VIOLENCIA FAMILIAR, VIOLENCIA DE GÉNERO O MALTRATO INFANTIL
En los casos en los que exista violencia entre la pareja, violencia de género (subordinación, manipulación y dominio económico, psicológico, físico o sexual que hace el hombre a la mujer por razón de estereotipo cultural); así como los actos de maltrato por acción u omisión, o el abandono de los deberes paternales de crianza y de manutención; siempre deberá demandarse EL DIVORCIO INCAUSADO, y solicitar medidas de protección provisional y definitivas sobre restricción y alejamiento del agresor, embargo salarial para el pago de pensiones alimenticias, guarda y custodia exclusiva y suspensión de convivencias con los hijos; además del aseguramiento de los bienes que constituyen el patrimonio familiar.
En el divorcio incausado el juez podrá decretar el divorcio una vez llamado a juicio el demandado; y procederá a resolver con todas las pruebas que se le aporten en juicio, lo relacionado con los derechos de la pareja y de los hijos.
Así que la mejor manera estará en las vivencias, condiciones y pretensiones socioeconómicas y familiares. En la voluntad y la preservación del interés familiar.
Citas e informes:
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