lunes, 27 de enero de 2020

PENSIÓN ALIMENTICIA Elementos fundamentales.

PENSIÓN ALIMENTICIA
Elementos fundamentales.
- Abogado Fabián de la Cruz.
1. Es deber de ambos padres contribuir a los alimentos. No puede renunciarse a proporcionar o a recibir alimentos.
2. La cantidad se fija considerando la posibilidad económica de los hijos, la posibilidad económica de sus padres y su estilo de vida. Debe ser suficiente para cubrir la comida, ropa y calzado, vivienda, educación, salud y recreación
3. Padre y madre debe aportar en proporción a su haber económico (sueldo, bienes e ingresos en general).
4. Si solo uno de los padres está en condiciones de aportar, ése será el único obligado.
- Abogado Fabián de la Cruz-.
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5. El obligado a proporcionar la pensión alimenticia, debe proporcionarla en dinero (efectivo, depósito o transferencia bancaria o envío electrónico).
6. La pensión alimenticia no puede condicionar la convivencia con los hijos. Alimentos y convivencia son dos derechos independientes de los niños.
7. El derecho a recibir alimentos es de los hijos, por eso es que no importa el estado civil o condición afectiva de sus padres.
8. La pensión alimenticia debe ser fija y constante, debe pagarse puntualmente y actualizarse cada año.
9. Para que proceda la pensión alimenticia, el hijo debe estar reconocido por la persona a quién pretende obligársele.
10. El derecho a recibir pensión alimenticia termina hasta los 18 años o hasta los 25 años en caso de que los hijos continúen estudiando y sin realizar vida de pareja.
Abogado Fabián de la Cruz
Especialista en Derecho de Familia
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