martes, 5 de enero de 2021

NO DAR PENSIÓN ALIMENTICIA PUEDE GENERAR LA PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD


 La patria potestad, de manera sencilla se explica como el derecho a ser padre o madre. 

Y esto da derecho a ejercer la custodia, criar y educar, a representar legalmente y administrar los bienes de los hijos. Teniendo el deber de convivir y otorgar una pensión alimenticia. 

Cuando padre o madre dejan de cumplir con su deber de otorgar una pensión alimenticia constante y continua, la patria potestad puede perderse.

Al perder la patria potestad, se pierden todos los derechos como padre o madre, ya no tendrá la autoridad legal para criar, educar decidir sobra la vida futura del hijo. 

No podrá recibir una pensión alimenticia del hijo cuando éste sea mayor de edad y aquél que perdió la patria potestad quede en un estado de necesidad a alimenticia por vejez, enfermedad o impedimento físico para laborar.   

Tampoco podrá heredar bienes del hijo, no importa que al fallecer el hijo fuera mayor de edad. 

Y respecto al apellido, este puede cambiarse cuando el padre o madre que de manera única ejercieran la patria potestad consintieran que su actual cónyuge adoptara al hijo. 

Contrariamente los derechos del hijo subsisten ante la pérdida de la patria potestad y subsiste el derecho a recibir la pensión alimenticia por padre del padre o madre que la hubiera perdido, así como a recibir herencia por parte de éste de acuerdo al orden de preferencia establecido en la ley. 

Si desea resolver la pérdida de la patria potestad de sus hijos por el abandono económico de su padre o madre, acuda con nosotros. 

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